El intrusismo esta tipificado como delito por el artículo 403 del Código Penitenciario; se comete cuándo se ejercen actos propios de una profesión sin estar en posesión ni haber obtenido el correspondiente título académico expedido o reconocido de acuerdo con la legislación vigente.
Las acciones de los intrusos pueden afectar la seguridad y la integridad de las personas que por desconocimiento se exponen a él y constituye una mala imagen de la profesión ante la sociedad.
Puedes comunicar tener conocimiento de algún caso de intrusismo cubriendo el MODELO DE DENUNCIA FORMAL y presentándolo presencialmente o vía postal en la secretaría del colegio, o, también se puede presentar telemáticamente desde nuestra sede electrónica.
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Para que el COPOGA pueda considerar el denunciante parte o interesado en el procedimiento (los efectos de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Admin Públicas) este tendrán que presentar una DENUNCIA FORMAL.
El COPOGA también ponen la disposición de todos los ciudadanos lo ?ESPACIO DE COMUNICACIÓN SOBRE POSIBLES IRREGULARIDADES?, donde se podrán COMUNICAR (que no denunciar-formalmente) las irregularidades, sobre esta materia, de las que se tenga conocimiento.
En este caso el comunicante NO TENDRÁ QUE APORTAR NINGÚN DATO PERSONAL y sólo se recogerá la información sobre las presuntas irregularidades.